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Documentación requerida

Para realizar la inscripción al ingreso 2024 necesitás contar con la siguiente documentación:

14 de junio de 2023, 00:25.

imagen Documentación requerida

1. Documento Nacional de Identidad: Foto o archivo PDF en donde figure el anverso y reverso del DNI.

  • En caso de ser ciudadano/a extranjero/a:
    • Si ha obtenido radicación recientemente y aún no posee el D.N.I., transitoriamente se le aceptará la constancia del Documento Nacional de Identidad en Trámite.
    • Si ingresa por vía de Cancillería (Resolución Nº 1523/90-M.E.J.), el pasaporte convisa estudiantil y fotocopias certificadas de las páginas que acreditan la identidad y la visa.

2. Una (1) fotografía de tipo carnet, de 4x4 cm.

3. Fotocopia o archivo digital certificada de diploma o certificado que acredite egreso de nivel secundario de enseñanza. Quienes hayan cursado o estén cursando el último año de uno de este nivel y no posean al momento de su inscripción el certificado definitivo, o adeuden asignaturas, deberán presentar un certificado provisorio del establecimiento educativo del que provienen, avalando su situación. El plazo último para la presentación del certificado analítico definitivo de finalización de estudios de Nivel Secundario es el 30 de abril de 2024, para los ingresantes 2024.

Además de la anterior documentación, los/las postulantes mayores de 25 años sin título de estudio secundario deberán presentar constancia de estudios primarios concluidos, constancia de experiencia laboral relativa a la carrera elegida y certificaciones varias que acrediten preparación del postulante relativo a la carrera elegida (Ord.Nº46/1995-C.S., Art.2º Inciso “a”) 

Quienes hayan cursado sus estudios en otro país deberán deberán presentar fotocopia certificada o archivo digital del título convalidado o revalidado, según los casos. La situación de quien se inscribe sin tener cumplido este requisito es la de aspirante, quien incluso para ser aceptada/o como tal, deberá presentar el certificado de nivel secundario de enseñanza concluido en el exterior con las legalizaciones establecidas por el Decreto Nacional del 24 de julio de 1918 y, en los casos comprendidos en la Convención de la Haya, con las establecidas en la misma que aprueba la Ley Nacional 23.458.. Para lograr el carácter de alumna/o universitaria/o, debe presentar el diploma de egreso del nivel secundario de enseñanza convalidado o revalidado el 30 de abril de 2024. El incumplimiento de esta exigencia determina la caducidad de dicha inscripción.

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